Homologación de cursos

Conceptos

3.1. Homologación

Reconocimiento en créditos que la Universidad, a través de la facultad o unidad correspondiente, otorga a las materias cursadas por un estudiante en: un programa académico de la Universidad, en otra institución universitaria de educación superior, o en un colegio cuyo bachillerato internacional ha sido reconocido por la Universidad a través de un convenio interinstitucional.

3.2. Pre- homologación

La pre homologación es la solicitud de revisión de las materias que el estudiante quiere cursar para que le sean reconocidas en su programa, previo a un intercambio o participación en un convenio que ha suscrito la Universidad. El estudiante presenta esta solicitud ante el director de su programa.

3.3. Validación

Reconocimiento que la Universidad, a través de la facultad o unidad correspondiente, otorga al conocimiento de un estudiante sobre temas del currículo de su profesión.

Consideraciones generales para solicitar la homologación de materias

Los cursos requeridos para  aprobar  el  requisito  de  español  no  podrán  ser  objeto  de  validación  y  homologación (Acuerdo No. 40 Comité Directivo).

El curso común del CBU sobre Colombia no es homologable ni validable

Los estudiantes podrán homologar hasta 6 créditos de CBU. El Comité del CBU hace el estudio y aprobación final de la homologación de acuerdo con el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje, las competencias y las áreas correspondientes a los lineamientos del CBU y de la Educación General de la Universidad.

 

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL REGLAMENTO DE HOMOLOGACIONES AQUÍ

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Universidad de los Andes | Vigilada MinEducación. Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 MinJusticia.
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